“Puma FastPay Te Monta Pa’ Bad Bunny”
Reglas Oficiales del Sorteo(las “Reglas”)
NADA QUE COMPRAR PARA PARTICIPAR
Nota: El uso de un equipo o teléfono inalámbrico para participar o recibir comunicaciones relativas a un sorteo pueden conllevar costos inherentes a su tarifa y plan de servicios inalámbricos particular, tal como costos de acceso a la Internet y/o uso de data. Consulte los detalles acerca de su tarifa y plan de servicios particular antes de participar con dichos equipos, con su proveedor de servicio(s) particular.
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DURACIÓN: El Sorteo “Puma FastPay Te Monta Pa’ Bad Bunny” (el “Sorteo”) tiene una duración desde el 17 de noviembre de 2021 a las 8:00 a.m. hasta el 7 de diciembre de 2021 a las 11:59 p.m. (Período de Participación)
Participaciones serán válidas únicamente para el premio ofrecido si participó del mismo durante el período determinado. El cronómetro oficial para esta promoción será la computadora del Promotor.
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ELEGIBILIDAD: Son elegibles para participar únicamente los individuos, residentes legales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que a la fecha de su participación tengan 18 años cumplidos de edad o más. No podrán participar empleados, familiares inmediatos (cónyuge, los padres, hermanos, hijos y los cónyuges de cada uno de estos) ni personas que convivan con empleados de Puma Energy Caribe, LLC y sus subsidiarias, dueños, administradores o empleados de todas las estaciones de servicio Puma Energy, Alias Payments, Live Media - Creative Studio, DDB Latina, ni cualquier otra entidad que haya colaborado en el desarrollo, producción o implementación de esta Promoción.
Las personas incluidas en cualquiera de las siguientes categorías no podrán participar ni ganar un premio: (a) personas que un año previo al comienzo del Período del Sorteo y/o que en cualquier momento hasta la entrega de premios en este Sorteo, estén bajo contrato, estén o hayan sido empleados por el Promotor, sus respectivas matrices, filiales, representantes, subsidiarias, concesionarios autorizados; (b) empleados del Administrador Live Media - Creative Studio, de los proveedores de premios de este Sorteo y/o de las agencias de publicidad, relaciones públicas y/o promociones y sus respectivos agentes, que de alguna manera estén involucrados en el desarrollo, producción, implementación y/o supervisión de cualquier etapa de este Sorteo; y (c) personas que formen parte de la familia inmediata de los antes exceptuados (es decir, el cónyuge, los padres, hermanos, hijos y los cónyuges de cada uno de éstos) o individuos que habiten en la misma casa con alguna de las personas incluidas en cualquiera de las categorías arriba exceptuadas, aunque no sea su pariente. Este Sorteo está limitado al área geográfica de Puerto Rico y está sujeto a todas las leyes y reglamentos, locales y federales aplicables.
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CÓMO PARTICIPAR: Es requisito tener la aplicación Puma FastPay para poder participar. Para descargar la aplicación móvil Puma FastPay deberá seguir los siguientes pasos: en su teléfono inteligente iOS o Android puede descargar gratis la aplicación a través de Google Play o Apple App Store. Una vez descargada la aplicación, el usuario llenará la información requerida como nombre, dirección postal, correo electrónico, teléfono e información de tarjeta de crédito o débito a la que se cargarán las compras de gasolina o en las tiendas que haga utilizando la aplicación. Puma Energy Caribe, LLC, incluyendo a sus subsidiarias, afiliadas, agentes, oficiales, y matriz, no se harán responsables por nombres ni información entrada incorrecta y/o ilegible por las personas cuando bajan la aplicación Puma FastPay.
Participaciones ilegibles o que no se llenen debidamente serán descalificadas.
Con la compra de $25.00 o más de gasolina Puma Energy, utilizando la modalidad de pago vía Puma FastPay, automáticamente quedará inscrito para participar y poder ganar 2 taquillas para el concierto de Bad Bunny, además, una tarjeta de regalo de Banco Popular de Puerto Rico por la suma de $25.00 para la compra de gasolina en su estación de gasolina favorita marca Puma Energy.
NADA QUE COMPRAR PARA PARTICIPAR. Sin necesidad alguna de comprar gasolina, la persona podrá visitar las Oficinas de Puma Energy ubicadas en Carretera #28 Km 2.0 Luchetti Industrial Park, Edificio Principal en Bayamón, Puerto Rico. El horario de visitas es los martes y jueves de 9:00 a.m. a 11:30 a.m. para poder inscribirse y participar sin ninguna compra en la aplicación Puma FastPay.
Mientras más transacciones de $25 o más de compra de combustible marca Puma Energy utilizando la aplicación móvil de Puma FastPay, más participaciones serán acumuladas.
Las estaciones de servicio marca Puma Energy participantes son aquéllas en Puerto Rico que tienen sistema Puma FastPay. La lista de estaciones de servicio Puma que tienen sistema Puma FastPay se encuentra en la aplicación de Puma FastPay, además de encontrarse al final de estas reglas.
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Condiciones generales de Participación: No se aceptarán Participaciones que no sean sometidas como antes indicado. Toda Participación debe ser sometida durante el Período del Sorteo y conforme al Período de Participación descrito en la sección de “Duración” de estas Reglas. No se aceptarán participaciones sometidas una vez finalizado el Período del Sorteo. Cada participante releva de toda responsabilidad al Promotor y al Administrador e igualmente asume la misma por participaciones sometidas luego de haber finalizado el Período del Sorteo.
Toda participación con información incompleta, incorrecta, falsa o que de cualquier otra manera impida o dificulte que el Promotor pueda identificar al participante, sea o no ganador, será descalificado y eliminado del Sorteo. Toda participación sometida incompleta, será descalificada y eliminada de participar en este Sorteo. El Promotor ni el Administrador no se hace responsable por nombres y/o direcciones de correo electrónico incompletas o incorrectas.
Participaciones que sean falsas, fraudulentas o engañosas harán que estas sean inelegibles para el Sorteo. Toda participación falsificada o que aparente haber sido falsificada, creada mediante programas computarizados o muestre cualquier otro indicio de no ser una solicitud de participación auténtica o aquel individuo que intente dañar o minar la operación legítima del Sorteo será descalificado de participar y removido del Sorteo, y el participante será sometido a las autoridades gubernamentales pertinentes para los procedimientos civiles y/o penales correspondientes. Dicha determinación estará a discreción del Promotor del Sorteo o sus agentes autorizados. Todas las participaciones deben contener toda la información requerida para ser válidas y pasan a ser propiedad de Puma Energy Caribe, LLC. y no serán devueltas.
Al participar en este Sorteo, usted consiente a que la información personal del participante recopilada en este Sorteo será utilizada por el Promotor de acuerdo a su Política de Privacidad disponible en https://pumaenergy.com/es/privacypolicy, cuya política usted acepta haber leído y aceptado. Al participar en este Sorteo, usted también consiente a que la información personal provista por usted como parte de este Sorteo pueda ser utilizada por el Administrador, únicamente para los propósitos de implementación y administración de este Sorteo.
- PREMIO: Se sortearán 20 boletos en Arena (valorados en $125.00 cada uno) y 24 boletos en Sección General (valorados entre $30.00 y $40.00 cada uno), más una tarjeta de regalo de Banco Popular de Puerto Rico por la suma de $25.00 para la compra de gasolina en su estación de gasolina favorita marca Puma Energy por cada ganador. Habrá un total de 22 posibles ganadores y su acompañante o invitado.
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Condiciones Generales del Premio: Acompañante o invitado deben tener 18 años cumplidos o más para poder disfrutar del Premio junto con el Ganador. Se le requerirá tanto al Ganador como a su invitado, mostrar una identificación con foto y firma a la hora de entrega del premio y evidencia de vacunación contra el COVID-19. La evidencia de vacunación a ser presentada debe ser aquella expedida por el CDC (Centros para el Control y Prevención de Enfermedades) o el VACU-ID emitido por CESCO Digital. Para cumplir con el requerimiento de vacunación el Ganador y su acompañante deben contar con las dosis requeridas por el CDC (Centros para el Control y Prevención de Enfermedades) y Departamento de Salud de Puerto Rico siendo la última dosis administrada no menos de 14 días previo al recogido del premio. El pago de cualquier arbitrio o contribución impuesta por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o el Gobierno Federal de los Estados Unidos de América aplicable a los premios otorgados en el Sorteo, será de entera responsabilidad del ganador y éste expresamente y de forma voluntaria releva de dicha obligación a al Promotor y/o Administrador, matrices, afiliadas, representantes, agencias, o cualquiera otra entidad relacionada directamente con su operación. Será responsabilidad de los participantes asegurarse de que conocen todos los términos y condiciones aplicables al momento de recibir los premios.
Será responsabilidad de los participantes asegurarse de que conocen todos los términos y condiciones aplicables a los premios. El ganador, expresamente y de forma voluntaria, releva al Promotor, al Administrador, matrices, afiliadas, subsidiarias, representantes, agencias, o cualquiera otra entidad relacionada directamente con su operación, de dicha obligación, así como de cualquier reclamación en cuanto a las restricciones impuestas por los suplidores.
- RESTRICCIONES GENERALES: El Premio no es transferible ni sustituible por dinero en efectivo u otro premio, salvo a discreción exclusiva del Promotor. El Premio no se puede reemplazar, no puede ser vendido, cedido, permutado o transferido por el ganador a un tercero. El premio incluye únicamente lo establecido en la descripción del Premio en estas Reglas Oficiales. Todas las especificaciones del premio no indicadas expresamente quedan a discreción exclusiva del Promotor y están sujetas a disponibilidad. El ganador es responsable de forma exclusiva de todo impuesto, incluyendo contribución sobre ingresos, aplicables al recibo/disfrute de un premio. Al aceptarse el Premio, se acepta con todas sus restricciones. La fecha y lugar del Evento podrían variar por razones fuera del control del Promotor, por fuerza mayor, y/o razones atribuibles a terceros, tales como el productor del Evento. De darse esta eventualidad, el ganador del Premio deberá aceptar un cambio en fecha y/o localidad, el cual será notificado oportunamente a este. En el caso de que el evento sea cancelado o pospuesto, el Promotor notificará a los ganadores de la nueva fecha en que se llevará a cabo el evento, sujeto a disponibilidad y los términos y condiciones establecidos por el promotor del Evento. De no concretarse una nueva fecha dentro de los 12 meses siguientes, el Promotor no tendrá responsabilidad alguna para con el ganador/acompañante con respecto a la entrega del premio del Evento.
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SELECCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE GANADORES Y RECLAMO DEL PREMIO: Se seleccionarán 22 ganadores y un 22 ganadores alternos para el Sorteo. Tanto el Ganador (sujeto a verificación), como el Ganador Alterno serán seleccionados electrónicamente y al azar mediante sorteo a llevarse a cabo el 8 de diciembre de 2021 a las 10:00 a.m.
La selección del Ganador se llevará a cabo en las oficinas del Administrador cuya información se detalla en la sección de “Administrador” de estas Reglas. La selección se llevará a cabo entre todas las participaciones sometidas. Toda decisión del Promotor y/o Administrador del Sorteo, será final y vinculante en todos los aspectos.
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Notificación y Reclamo del Premio: El Ganador potencial será notificado el mismo día de ser seleccionados (8 de diciembre de 2021), a través de: una llamada telefónica al número de teléfono registrado bajo la aplicación de Puma FastPay y asociado con el ganador potencial. Como segundo acto se procederá a enviar un correo electrónico al ganador potencial a la dirección de correo electrónica registrada bajo la aplicación de Puma FastPay y asociada con el ganador potencial, el cual indicará específicamente lo siguiente: “Saludos. Agradeceremos se comunique con nosotros dentro de las próximas 24 horas, a través de este medio en relación a su participación en el Sorteo “Puma FastPay Te Monta Pa’ Bad Bunny” (en adelante “Mensaje”). Al recibir el Mensaje, el individuo deberá comunicarse con el Administrador a través correo electrónico a la dirección: [email protected] en o antes de 24 horas. De haber resultado como Ganador, en ese momento el Administrador procederá a enviarle un mensaje solicitando le envíe la siguiente información:
- Fecha de nacimiento (debe ser mayor de 18 años):
- Dirección de Email:
- Número de Teléfono Primario:
- Fotografía de su Identificación
a. NOTA: La identificación deberá incluir foto y firma, deberá estar vigente y estar expedida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. (ej. Licencia de Conducir o Identificación oficial, no se aceptará como modo de identificación la Tarjeta Electoral).
Una vez recibida esta información, el ADMINISTRADOR procederá y enviará un correo electrónico al Ganador a la dirección provista, junto con un documento de “Declaración sobre Elegibilidad, Aceptación de Premio, Relevo de Responsabilidad y Relevo para usos publicitarios”, el cual deberá leer y aceptar por medio de responder dicho correo electrónico con un “Sí, Acepto”. Al responder con un “Sí acepto”, se entenderá que el Ganador ha leído y aceptado tanto la información contenida en la “Declaración sobre Elegibilidad, Aceptación de Premio, Relevo de Responsabilidad y Relevo para usos publicitarios”, así como la Política de Privacidad de Puma Energy Caribe, LLC. disponible en https://pumaenergy.com/es/privacypolicy y las Reglas Oficiales del Sorteo pumafastpay.com/bbreglas.
Una vez recibido el correo electrónico del Ganador con un “Sí acepto” y validada su información, así como su cumplimento con las Reglas Oficiales del Sorteo, pasará a ser oficialmente el Ganador y recibirá una comunicación mediante correo electrónico por parte del Promotor.
Del Ganador no reclamar conforme al proceso y/o períodos antes indicados o si no cumple con los términos y condiciones establecidos en estas Reglas, quedará descalificado y el Administrador pasará a intentar comunicarse con el alterno correspondiente con igual proceso de Notificación Oficial.
Una vez recibido el correo electrónico del Ganador Alterno con un “Sí Acepto” y validada su información, así como su cumplimento con las Reglas Oficiales del Sorteo, pasará a ser oficialmente el Ganador y recibirá una comunicación mediante correo electrónico por parte del Promotor.
Del Ganador Alterno no reclamar conforme al proceso y/o periodos antes indicados o si no cumple con los términos y condiciones establecidos en estas Reglas, el Premio se entenderá completamente renunciado y el Promotor podrá disponer del Premio a su entera discreción.
Una vez hecha la “notificación oficial”, el Promotor y Administrador tendrán derecho a (pero no la obligación de) publicar los nombres, dirección (pueblo, PR) y categoría de premio del ganador(a) (sujeto a verificación) en cualquier medio de comunicación, inclusive la Internet. Para reclamar el Premio, el ganador notificado deberá comparecer a las oficinas del Administrador, en las fechas antes descritas, trayendo consigo aquella evidencia fehaciente solicitada por el Administrador para verificar su identidad, residencia y edad como condiciones de elegibilidad, incluyendo sin implicar limitación, una identificación válida y vigente con su foto y firma, expedida por autoridad gubernamental; disponiéndose que se le podrá solicitar también número de seguro social para propósitos contributivos. Como condición a la entrega del premio, el ganador vendrá obligado a suscribir una Declaración sobre Elegibilidad, Aceptación de Premio, Relevo de Responsabilidad y Relevo para usos publicitarios en su nombre, el de sus herederos y sucesores y responsabilizándose por su Acompañante. El ganador acepta que el Promotor le podrá exigir la documentación y evidencia que a su sola discreción le resulte satisfactoria, para establecer la identidad, edad, residencia legal, previo a la entrega de cualquier premio, incluyendo identificación con foto y firma, vigente y expedida por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Transcurrida el término para reclamar el Premio, sin que el ganador haya cumplimentado la documentación antes indicada, el Premio se tendrá por renunciado completamente. No se permiten representantes.
- PROBABILIDADES DE GANAR: Las probabilidades de ganar dependen de la cantidad de participaciones válidas recibidas durante el Período de Participación.
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LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES: El Sorteo está sujeto a todas las leyes y reglamentos aplicables en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, así como los estatutos federales aplicables. Al participar en este Sorteo, los Participantes reconocen y aceptan todos los términos y condiciones de estas Reglas y también reconocen y aceptan ser sometidos única y exclusivamente a las leyes y reglamentos aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y cualquier ley y regulación federal de los Estados Unidos de América aplicable.
Cualquier interrogante que surja en cuanto a la construcción, validez, interpretación y exigibilidad de estas Reglas, o de los derechos y obligaciones de los Participantes y el Promotor en conexión con este Sorteo, serán gobernados por, e interpretados en acuerdo a las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Si cualquier disposición de estas Reglas o la aplicación de cualquier disposición a cualquier persona o circunstancia fuera declarada inválida, inaplicable o nula, dicha decisión no tendrá el efecto de invalidar o anular el resto de estas Reglas.
- AUTORIZACIÓN DE USO PUBLICITARIO: Todo participante, así como el Ganador le concede al Promotor, al Administrador, sus afiliados y representantes, sus agencias de publicidad, de relaciones públicas y promociones, el derecho de publicar y anunciar su nombre, persona, voz e imagen, en cualquier medio, mundialmente y sin limitación de tiempo, incluyendo la Internet y cualquier medio social, sin notificación adicional, compensación alguna ni derecho de revisión. Al aceptar un Premio, cada Ganador acepta ser entrevistado(a), fotografiado(a) y grabado(a) durante la entrega y con relación al Premio y acepta proveer toda la cooperación relacionada a cualquier actividad promocional y publicidad razonable que surja de dicho premio. Todo el material que resulte, incluyendo el nombre del Ganador, imágenes y comentarios, fotos y videos/audiovisuales de tales intervenciones podrán ser utilizados por el Promotor para propósitos promocionales y de mercadeo y comerciales en su exclusiva discreción, incluyendo impresión, transmisión e Internet, sin compensación adicional, mundialmente y sin restricciones de tiempo o espacio.
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RELEVO DE RESPONSABILIDAD: Al participar en este Sorteo, los participantes aceptan acogerse a la estricta aplicación de estas Reglas en todos sus términos y aceptan que toda decisión tomada por el Promotor y sus agentes es final y vinculante. Al participar de este Sorteo, el Participante voluntariamente asume toda responsabilidad y riesgo por su participación y con su participación acepta: defender, relevar, indemnizar y eximir de responsabilidad al Promotor y Administrador (colectivamente “Exonera”), al Administrador, sus matrices, subsidiarias, filiales, afiliadas, agentes, agencias de publicidad y promociones y a sus respectivos oficiales, directores, accionistas, empleados, representantes, agentes y cualquiera otra entidad relacionada directamente con el desarrollo, implementación y/o conducción de este Sorteo (en adelante, colectivamente las “Entidades Relevadas”) de toda y cualquier responsabilidad, demanda, acción, reclamo, querella, accidentes, pérdidas, daños y perjuicios, incluyendo sin implicar limitación por lesión personal (inclusive incapacidad, lucro cesante y muerte) y daños a la propiedad, costo y gastos (inclusive honorarios de abogado) que surjan como resultado de o en conexión con su participación en este Sorteo y/o de las etapas de reclamación, verificación redención, entrega, posesión y uso de un premio, uso de su computadora/equipos para participar o mientras participa de alguna actividad relacionada al Sorteo o al premio; (ii) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error tipográfico, técnico o humano, incluyendo pero no limitándose a errores de publicidad, imprenta, errores en estas Reglas, en los materiales del Sorteo o por información imprecisa, incompleta, ilegible o incorrecta en la participación que redunde en problemas, errores o demoras de notificación, verificación, publicación del ganador/premio o en la entrega del premio; (iii) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error no intencionado bien sea humano o técnico en la implementación del Sorteo; (iv) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier error humano o técnico, desperfectos, demoras, fallos, congestión, fraude, intervención no autorizada (incluyendo “hacking”) u otros fallos en las conexiones de red, en las líneas, servidores, líneas, en la Internet, antenas, satélites, teléfonos, en computadora(s), en equipos fijos e inalámbricos, hardware, software, errores de programación, problemas de virus y ‘bugs’ de computadora, u otros defectos o fallos técnicos que resulten en transmisiones/ participaciones/ comunicaciones/ notificaciones/ entrega de premios tardíos, demorados, incompletos, destruidos, omitidos, indescifrables, multiplicados, o que de cualquier otra forma limiten la habilidad del usuario a acceder al Sorteo, a la página web, a participar en el proceso de inscripción, votación o dentro de las fechas/horarios prescritos; o la entrega oportuna de un premio o porción del mismo, o que impidan o menoscaben la capacidad de operar toda o alguna porción de este Sorteo, incluyendo la operación adecuada de su Sitio Web, conforme planificado; (v) Exonera a las Entidades Relevadas por razón de cualquier causa atribuible directa o indirectamente al participante(s), al ganador, o causa de fuerza mayor o fortuita, incluyendo sin implicar limitación, cualquier acción, reglamento, orden o petición por parte de cualquier entidad gubernamental o cuasi-gubernamental (no importa que la acción, reglamento, orden o petición resulte luego ser inválida), fallo de equipo técnico, actos de terrorismo, terremotos, guerra, fuegos, inundaciones, explosiones, condiciones meteorológicas severas, huracanes, embargos, disputas laborales o huelgas (sean legales o ilegales), falta inesperada de personal o de materiales, interrupción de transportación de cualquier clase, interrupción de energía eléctrica, baja intencional de labores, disturbios civiles, insurrección, motín, o cualquier otra causa más allá del control razonable de las Entidades Relevadas; (v) Exonera a las Entidades Relevadas por cualquier demora razonable en la entrega de un premio, sujeto a la reglamentación del DACO aplicable; (iv) Acepta que El Promotor se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que no cumpla con estas Reglas; (v) Acepta que si por alguna razón, cualquier elemento del Sorteo no está funcionando como se planificó, debido a fallos técnicos o cualquier otra razón fuera del control del Promotor, que puedan afectar la seguridad, administración o integridad del Sorteo, el Promotor se reserva el derecho a modificar y/o terminar la misma y a otorgar cualquier premio vacante entre las participaciones recibidas hasta ese momento; (vi) El Ganador expresamente exime de cualquier responsabilidad a las Entidades Relevadas por cualquier accidente, incidente o situación que pueda ocurrir mientras disfruta de su premio junto con sus invitados; (vii) El Ganador acepta que será responsable por el comportamiento de su invitados al igual que de cualquier acto u omisión culposo o negligente que tanto él como su invitado puedan realizar. El Promotor y todas las entidades involucradas en la actividad, no auspician el abuso o consumo irresponsable de bebidas alcohólicas.
Los términos promoción, rifa, regalo, premio y cualquiera por el estilo se utilizan en estas reglas de forma indistinta, solo para los propósitos aquí contenidos y no se requiere compra de bienes para participar.
- PUBLICACIÓN DE LAS REGLAS: Copia de las Reglas Oficiales disponibles en www.pumafastpay.com/bbreglas.
- PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE INFORMACIÓN: La información personal provista por los Participantes en el contexto de este Sorteo será procesada por el Promotor de forma confidencial.
- PROMOTOR: Puma Energy Caribe, LLC., oficinas localizadas en la Carretera #28 Km 2.0 Luchetti Industrial Park, Edificio Principal en Bayamón, Puerto Rico. Dirección de Internet: Carr#28 Km. 2.0 Luchetti Industrial Park Bayamón, PR 00961. Teléfono: 787-705-7929.
- ADMINISTRADOR: Live Media - Creative Studio, con oficinas localizadas en Corporate Office Park 42 Carr #20 Suite 204, Guaynabo, PR 00966, piso 2; Personas contacto: Natalia Meléndez; Email: [email protected] y Roberto Toro; Email: [email protected]. Favor dirigir toda pregunta sobre la implementación de este Sorteo a la atención del Administrador.
- ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES: Al someter su Participación para este Sorteo, el Participante afirma que ha leído, entendido y aceptado todos los términos y condiciones en estas Reglas. Estas Reglas están sujetas a modificación, según disponen las leyes y reglamentos aplicables. Si el Promotor no implementara alguno de los términos y condiciones aquí expuestos, total o parcialmente, ello no constituirá una renuncia a dicha condición o término.
Listado de Estaciones de Servicios a continuación
STATUS | SS | DIRECCIÓN FÍSICA (ESTACIÓN) | MUNICIPIO (ESTACIÓN) | LATITUD | LONGITUD |
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OPEN | 10 | CALLE 52 & 54 URB. LA RIVIERA, RÍO PIEDRAS | SAN JUAN | 18.39403 | -66.08003 |
OPEN | 11 | CALLE BETANCES # 90, BO. CANABON | CAGUAS | 18.23468 | -66.03855 |
OPEN | 12 | CARR. 3 26 KM. 8 VISTAMAR | CAROLINA | 18.42354 | -65.9884 |
OPEN | 17 | CARR. 1 KM. 35 | CAGUAS | 18.24439 | -66.03588 |
OPEN | 18 | CARR. 181 & 183 | SAN LORENZO | 18.19234 | -65.96615 |
OPEN | 19 | AVE. 65 INFANTERIA KM. 9.7 | CAROLINA | 18.38039 | -65.96331 |
OPEN | 28 | AVE. 65 INF. KM. 19.8 | CANOVANAS | 18.3779 | -65.86901 |
OPEN | 33 | CARR. # 2 KM. 49.6 | MANATI | 18.43017 | -66.49315 |
OPEN | 37 | PARANÁ ESQ. WESSER, RIO PIEDRAS HEIGHTS | SAN JUAN | 18.37501 | -66.0659 |
OPEN | 40 | CARR. # 2 KM. 3.5 BECHARA, PUERTO NUEVO | SAN JUAN | 18.42493 | -66.09536 |
OPEN | 59 | CARR. 108 KM. 3.5 MIRADERO | MAYAGUEZ | 18.22922 | -67.13632 |
OPEN | 71 | ALCAZAR & MADRID | GUAYNABO | 18.39032 | -66.11839 |
OPEN | 76 | CARR. # 1 KM. 59.3 | CAYEY | 18.10735 | -66.15875 |
OPEN | 84 | CARR. 2 KM. 15.5 CORUJO | BAYAMON | 18.40574 | -66.19507 |
OPEN | 94 | CARR. 176 KM. 3.8 CUPEY ALTO RIO PIEDRAS | SAN JUAN | 18.36304 | -66.05384 |
OPEN | 98 | GLENVIEW SHOPPING CENTER | PONCE | 18.04257 | -66.59083 |
OPEN | 102 | CARR. # 140 KM. 5.3 | FLORIDA | 18.37189 | -66.56408 |
OPEN | 103 | HWY. 165 KM. 1.8 | TOA ALTA | 18.39400 | -66.25532 |
OPEN | 106 | CARR. 2 KM. 120.7 CAIMITAL ALTO | AGUADILLA | 18.4485 | -67.10556 |
OPEN | 118 | CARR. 20 & BALDORIOTY KM. 6.0 LA CUMBRE | GUAYNABO | 18.3545 | -66.11109 |
OPEN | 119 | AVE. CENTRAL & 1039 PUERTO NUEVO | SAN JUAN | 18.40644 | -66.07828 |
OPEN | 122 | CARR. 699 & 854 | DORADO | 18.45661 | -66.25523 |
OPEN | 129 | CARR. 129 KM. 39.4 | ARECIBO | 18.44784 | -66.75063 |
OPEN | 132 | CARR. 987 KM. 0.2 | FAJARDO | 18.33194 | -65.64665 |
OPEN | 133 | AVE. JESUS M. FRAGOSO & AVE. FIDALGO DIAZ | CAROLINA | 18.39222 | -65.97074 |
OPEN | 135 | CARR. 838 MAIN ST. SANTA PAULA | GUAYNABO | 18.36183 | -66.10422 |
OPEN | 141 | CARR. 152 KM. 12.3 BO. CEDRO ARRIBA | NARANJITO | 18.25933 | -66.28297 |
OPEN | 147 | CARR. 156 KM. 57.7 | CAGUAS | 18.23928 | -66.05949 |
OPEN | 148 | AVE. DOMENECH 403 & CALLE NUEVA, RIO PIEDRAS | SAN JUAN | 18.41302 | -66.06849 |
OPEN | 154 | CARR. 144 KM. 16.8 BO. COLLORES | JAYUYA | 18.20116 | -66.62332 |
OPEN | 155 | AVE. JOSE GARRDO ESQ. AQUA MARINA URB. VILLA BLANCA | CAGUAS | 18.24367 | -66.03507 |
OPEN | 159 | CALLE LUCHETTI & MARGINAL ST. CONDADO | SAN JUAN | 18.45338 | -66.07262 |
OPEN | 167 | CARR. 14 KM. 10.8 BO. COLLORES | JUANA DIAZ | 18.05327 | -66.53546 |
OPEN | 168 | CARR. 3 KM. 80.1 | HUMACAO | 18.14904 | -65.81737 |
OPEN | 173 | PONTEZUELA & MARGINAL, VISTAMAR | CAROLINA | 18.42557 | -65.9886 |
OPEN | 174 | AVE. PONCE DE LEON # 38 ESQ. STA. ROSA DE LIMA BO. SABANA | CATAÑO | 18.4297 | -66.11343 |
OPEN | 176 | CARR. # 1 AMATISTA STREET URB. BUCARE, RIO PIEDRAS | SAN JUAN | 18.36447 | -66.08413 |
OPEN | 177 | CARR. 189 FRENTE COLEGIO TURABO | GURABO | 18.24335 | -66.00855 |
OPEN | 178 | AVE. HOSTOS # 80 | PONCE | 17.99912 | -66.61405 |
OPEN | 179 | CALLES 32 & 8 JARD. METROPOLITANOS, RIO PIEDRAS | SAN JUAN | 18.39998 | -66.06624 |
OPEN | 185 | CARR. 151 KM. 0.5 SALIDA OROCOVIS URB. LAS VEGASA | VILLALBA | 18.1285 | -66.48827 |
OPEN | 191 | CARR. 693 KM. 8.2 MARGINAL COSTA ORO | DORADO | 18.46663 | -66.27799 |
OPEN | 202 | CALLE GUAYAMA # 186, ESQ. FRANCIA | SAN JUAN | 18.41696 | -66.04821 |
OPEN | 206 | CARR. BOCA DE CANGREJOS KM. 0.3 (#4760) | CAROLINA | 18.44392 | -66.02886 |
OPEN | 207 | URB. LOS ANGELES CALLE CELESTIAL # 2300 (ANTES MARGINAL A - 17) | CAROLINA | 18.4315 | -66.00375 |
OPEN | 209 | CARRETERA PR-176, KM 1.4, CUPEY | SAN JUAN | 18.38093 | -66.05587 |
OPEN | 210 | AVE FERNANDEZ JUNCOS 1256 | SAN JUAN | 18.4485 | -66.07553 |
OPEN | 212 | AVE. PONCE DE LEON # 73, HATO REY | SAN JUAN | 18.42979 | -66.05843 |
OPEN | 213 | AVE. CENTRAL ESQ. SAN PATRICIO, SUMMITT HILLS | SAN JUAN | 18.39928 | -66.09755 |
OPEN | 214 | AVE. LOMAS VERDES INT. RD. 174,URB. LOMAS VERDES | BAYAMON | 18.38337 | -66.14347 |
OPEN | 220 | AVE. ROOSEVELT # 1256, HATO REY | SAN JUAN | 18.41351 | -66.0886 |
OPEN | 226 | AVE. ROOSEVELT & HOSTOS #249 | SAN JUAN | 18.42214 | -66.06394 |
OPEN | 229 | CARR. NO. 189 KM 2.0 | CAGUAS | 18.23982 | -66.01752 |
OPEN | 230 | AVE. MUNOZ RIVERA #560, PARADA 35, HATO REY | SAN JUAN | 18.41492 | -66.05696 |
OPEN | 237 | CARR. # 3 KM. 7.5 BO. SAN ANTON | CAROLINA | 18.39515 | -65.98245 |
OPEN | 239 | INT CARR. 845-846 KM. 1.9 | TRUJILLO ALTO | 18.36331 | -66.02294 |
OPEN | 240 | CARR. #172, KM 13.7 | CIDRA | 18.17701 | -66.15838 |
OPEN | 273 | CARR. 32 ESQ. CALLE STA. CRUZ | BAYAMON | 18.39545 | -66.14411 |
OPEN | 277 | MARGINAL AVE. BALDORIOTY DE CASTRO, ESQ DEGETAU | SAN JUAN | 18.44699 | -66.05224 |
OPEN | 284 | CARR. #861, KM. 2.6, BO. PAJAROS AMERICANOS | TOA BAJA | 18.38063 | -66.1913 |
OPEN | 287 | CARR. 181 KM. 2.1 | SAN LORENZO | 18.18319 | -65.97464 |
OPEN | 300 | CARR. PR 147, INT. CAMINO ELPIDIO NIEVES, BO. GUADIANA | NARANJITO | 18.30274 | -66.2345 |
OPEN | 306 | CARR. 866 INT. 867 BO SABANA SECA | TOA BAJA | 18.42738 | -66.18743 |
OPEN | 318 | CALLE ANDRES A. RIVERA | GURABO | 18.25443 | -65.97063 |
OPEN | 332 | RD #869 KM 0.7 | CATAÑO | 18.4231 | -66.14638 |
OPEN | 333 | CARR. #167, RIO HONDO SHOPPING CENTER | BAYAMON | 18.42416 | -66.16446 |
OPEN | 334 | AVE. ROOSEVELT ESQ. ESCORIAL | SAN JUAN | 18.41247 | -66.09901 |
OPEN | 336 | CARR.152 KM. 10.0, INT. 779 | NARANJITO | 18.24557 | -66.27863 |
OPEN | 339 | URB VILLAS DE LOIZA, CARR 3 KM 19.9 | CANOVANAS | 18.37884 | -65.87593 |
OPEN | 349 | CARR. #165, KM. 10.1, BO. CONTORNO | TOA ALTA | 18.3808 | -66.2546 |
OPEN | 351 | CARR 165, KM 3.6, REXCO INDUSTRIAL PARK | GUAYNABO | 18.41383 | -66.10572 |
OPEN | 354 | CARR.#2 - MAYAGUEZ MALL SHOPPING CENTER | HORMIGUEROS | 18.15419 | -67.14249 |
OPEN | 355 | CARR. #183, KM 21.9, BO MONTONES (AVE. JESUS T PINERO #53) | LAS PIEDRAS | 18.18037 | -65.8705 |
OPEN | 367 | CARR 132 KM 1.1 BO QUEMADO | GUAYNABO | 18.36311 | -66.09146 |
OPEN | 369 | AVE. SANTA JUANITA ESQUINA INDIA URB. SANTA JUANITA | BAYAMON | 18.36421 | -66.16154 |
OPEN | 374 | CARR. #181 KM. 9.6 BO. DOS BOCAS | TRUJILLO ALTO | 18.33881 | -65.99064 |
OPEN | 376 | CARR. # 194 ESQ. MAIN ST. | FAJARDO | 18.34033 | -65.66054 |
OPEN | 377 | WEST MAIN ESQ. AVE. COMERIO, SIERRA BAYAMON | BAYAMON | 18.40461 | -66.16029 |
OPEN | 378 | CARR. 155 KM. 35.5, BO. PERCHAS | MOROVIS | 18.27311 | -66.39475 |
OPEN | 381 | CARR. # 3 KM. 94.2 BO. LIMONES | YABUCOA | 18.06493 | -65.8771 |
OPEN | 382 | CARR. 156 KM 10.5 BO. PALO HINCADO | BARRANQUITAS | 18.18919 | -66.34743 |
OPEN | 383 | CARR. # 175 KM 2.2 BO. SAN ANTONIO | CAGUAS | 18.3036 | -66.03711 |
OPEN | 386 | CARR.#147, KM. 1.0 BO. GUADIANAS, EXPRESO NARANJITO | NARANJITO | 18.30568 | -66.22269 |
OPEN | 390 | CARR. #3 KM. 78.0 BO. RIO ABAJO SECTOR JUNQUITO | HUMACAO | 18.14555 | -65.79967 |
OPEN | 396 | CARR. # 172 KM 5.0 BO CAÑABONCITO | CAGUAS | 18.20865 | -66.10301 |
OPEN | 402 | CARR. 2 KM. 14.5 HATO TEJAS | BAYAMON | 18.40692 | -66.18493 |
OPEN | 407 | CARR. 129 KM. 21.8 INT. 454 | LARES | 18.33146 | -66.85111 |
OPEN | 453 | CARR. 2 KM. 15.4 HATO TEJAS | BAYAMON | 18.40609 | -66.19219 |
OPEN | 473 | CARR. 167 KM. 19.4 | BAYAMON | 18.37347 | -66.17978 |
OPEN | 499 | CARR. 616 & 685 | MANATI | 18.4474 | -66.49861 |
OPEN | 504 | CARR 653 KM 2.1, BARRIO HATO ABAJO | ARECIBO | 18.46304 | -66.76398 |
OPEN | 524 | 11 SECTOR SAN ANTONIO | UTUADO | 18.28228 | -66.70897 |
OPEN | 559 | CARR. # 111 KM.3.9,BO. VIVÍ ABAJO | UTUADO | 18.25189 | -66.67832 |
OPEN | 563 | CARR. #2 KM 85.2 BO. CARRIZALES | HATILLO | 18.48778 | -66.80058 |
OPEN | 567 | CALLE TOMÁS DÁVILA NUM. 13 | BARCELONETA | 18.43157 | -66.5599 |
OPEN | 570 | CARR. # 651 KM. 3.2, BO. HATO ARRIBA | ARECIBO | 18.43722 | -66.74512 |
OPEN | 576 | CARR. # 2 KM. 110.1 | ISABELA | 18.47237 | -67.0089 |
OPEN | 603 | CALLE MENDEZ VIGO #190 | MAYAGUEZ | 18.20596 | -67.14823 |
OPEN | 613 | CALLE LUNA #123 | SAN GERMAN | 18.08111 | -67.03989 |
OPEN | 646 | CARR. #103 Y #102 | CABO ROJO | 18.08853 | -67.13792 |
OPEN | 651 | CARR. #102 KM. 33.6 | SAN GERMAN | 18.0777 | -67.02798 |
OPEN | 697 | CARR 117 INT CARR 121 MARGINAL CARR #2 | SABANA GRANDE | 18.044 | -66.95018 |
OPEN | 799 | CARR 14 KM 18.5, RIO CANAS | JUANA DIAZ | 18.04653 | -66.46747 |
OPEN | 800 | CARR. 133 KM. .08 ESQ. LAS AMERICAS | PONCE | 18.00695 | -66.60086 |
OPEN | 804 | CARR. # 3 KM. 43.2 BO. QUEBRADA | FAJARDO | 18.34904 | -65.67897 |
OPEN | 809 | CARR. #54, KM. 0.4 | GUAYAMA | 17.97643 | -66.12005 |
OPEN | 816 | CARR #14 KM 3.2-LA RAMBLA PLAZA | PONCE | 18.02575 | -66.59923 |
OPEN | 826 | CARR. # 3 KM. 155.5, BO. JAGUAS | SALINAS | 17.96842 | -66.26311 |
OPEN | 835 | CARR. #10 KM. 0.2 BO. GARZAS #28 | ADJUNTAS | 18.16494 | -66.7282 |
OPEN | 844 | CALLE MUÑOZ RIVERA #163 BO. SITIOS | GUAYANILLA | 18.0218 | -66.79248 |
OPEN | 856 | CARR. 10 #289 -BO. MAGUEYES | PONCE | 18.03784 | -66.64358 |
OPEN | 862 | CARRETERA PR-14 KM 60 BO. CERRILLO | PONCE | 18.04104 | -66.57803 |
OPEN | 904 | ROAD PR-2 KM 227, PLAZA DEL CARIBE | PONCE | 17.99096 | -66.60978 |
OPEN | 906 | CARRETERA PR-8860 KM 0.7, LAS CUEVAS | TRUJILLO ALTO | 18.3647 | -65.9957 |
OPEN | 907 | CARRETERA PR-874, KM 1.6 | CAROLINA | 18.3955 | -65.95184 |
OPEN | 910 | CARRETERA PR-2 KM 87.4, BO PUEBLO | HATILLO | 18.4842 | -66.82012 |
OPEN | 919 | CARR #2 KM 141.5 QUEBRADA LARGA | AÑASCO | 18.31379 | -67.14912 |
OPEN | 923 | CARRETERA PR-887 KM 10 | CAROLINA | 18.38139 | -65.97215 |
OPEN | 929 | AVENIDA CASTRO PEREZ #88 | SAN GERMAN | 18.0855 | -67.03157 |
OPEN | 930 | CARRETERA PR-1 KM 22.0 | GUAYNABO | 18.3232 | -66.09743 |
OPEN | 946 | CARRETERA PR-3 KM 31.3 | RIO GRANDE | 18.37171 | -65.77317 |
OPEN | 966 | CALLE FERNANDEZ GARCIA 341 | LUQUILLO | 18.37879 | -65.71911 |
OPEN | 971 | CARRETERA PR-152 KM 6.6 BO. QUEBRADILLA | BARRANQUITAS | 18.2286 | -66.2895 |
OPEN | 973 | AVE. SOL (PR-686) BO. PUERTO NUEVO | VEGA BAJA | 18.48769 | -66.4114 |
OPEN | 976 | URB. INDUSTRIAL LA CERAMICA AVE. CAMPO RICO ESTE FINAL | CAROLINA | 18.41787 | -65.98236 |
OPEN | 983 | CARR. PR-3334 BO. SUSCUABAJA | YAUCO | 18.02308 | -66.85329 |
OPEN | 995 | CARR 787 KM 5.3 INT CARR # 1 BO BEATRIZ CAGUAS | CAGUAS | 18.16842 | -66.09694 |
OPEN | 996 | CARR #693, KM 18.2 BO. SABANA | VEGA ALTA | 18.46777 | -66.33097 |
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